PRESENTACION:

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Nacì en el distrito de Surco,Lima,Perù.Mi padre fuè Enrique F.,mi madre es Zoila M., mis hermanos Juan Enrique y Marcos Antonio, Mis abuelos eran de orìgen japonès del departamento de Kumamoto. Estudiè en el Colegio San Juliàn de Barranco, Promociòn 74. Me casè el 9 de Julio de 1988,En Julio de 1989 emigrè a Japòn en busca de nuevos horizontes.Tengo 2 hijas, la mayor naciò en Lima,la segunda naciò en Japòn;llevo 20 años trabajando en la misma empresa aunque no me va mal,sigo buscando que prosperar e incursionado en el mundo de las inversiones online;hace 10 años que vìmos realizado nuestro sueño de la casa propia,aunque aùn me faltan muchos años para cancelarla,èsta es una pequeña parte de nuestro terruño dejado en nuestro paìs natal. Por el bienestar de nuestras hijas, que se han criado y educado aquì en Japòn,iniciamos los tràmites de nacionalizaciòn y en Mayo del 2007, recibimos la autorizaciòn de nacionalidad, aunque seguimos siendo bien peruanos de nacimiento y corazòn. VIVA EL PERU!

martes, 21 de julio de 2009

EL PAGO DE IMPUESTOS

En el Intercambio de moneda extranjera
El pago de impuestos, por regla general està determinada, por la utilidad obtenida en cualquier operaciòn negociable; aunque dentro de las operaciones de inversiòn se encuentra una ventaja tributaria, en las operaciones de intercambio de moneda extranjera, que al parecer se podrìa atribuir al riesgo que se presenta en èste tipo de inversiòn.

En lo que se refiere a las operaciones de intercambio de moneda extranjera, todas las operaciones que se realicen dentro del año fiscal, es decir desde el primer dia ùtil fiscal del mes de enero hasta el 31 de Diciembre o el ùltimo dìa ùtil fiscal del año; que en total no excedan un màximo de 20’000,000 de yenes no estàn afectos al pago de impuestos.
Sobrepasados los ¥20’000,000 estàn obligados a declarase los excedentes como cualquier declaraciòn jurada, normal que se realiza todos los años hasta la quincena de Marzo; segùn el calendario fiscal japonès.
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En el mercado de la bolsa de valores
A diferencia del intercambio de moneda, el movimiento de la bolsa de valores si està afecta al pago de impuestos, ya que el movimiento y las utilidades de èstas mismas deberìan darse en proporciomnes mucho màs elevadas; aunque en los ùltimos años èste rubro, a causado pèrdidas astronòmicas a los inversionistas
Dentro de las operaciones de la bolsa de valores, el resultante total de las operaciones que produzcan utilidad estàn afectas al pago de impuestos, como cualquier negocio, empresa ò empleo y tiene su escala ò porcentaje, afecto al pago de los tributos.
Hay dos formas de hacer efectivos los pagos referentes a los impuestos, èsto se debe de determinar a la hora de inscribirse en la agencia de corretaje donde hayas elegido inscribirte; de no hacerlo inicialmente se pueden hacer cambios posteriores.
Se sugiere averiguar bien al respecto.

l La primera forma, es que la agencia te descuente el 20% de la utilidad el mismo dìa de realizarse el retorno del dinero que hayas invertido, màs la utilidad; es decir èsto serà contabilizado en una cuenta especial, registrando cada operaciòn dìa a dìa, los meses y el año entero; haciendo el balance final del tributo a pagar, sin cobro adicional por el servicio de contadurìa; como serìa normal en un negocio comùn
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Conforme hagas tus operaciones, si es que tienes pèrdidas, de èstas operaciones no te serán descontados los impuestos y por el contrario de èste resultado te será devuelto figurativamente, de lo ya descontado por las operaciones, en donde hayas tenido utilidades.

Por ejemplo si en el mes de enero realizastes operaciones con rentabilidad de1’000,000 de yenes, de ésta utilidad te será descontado el 20% es decir, te restaràn 200,000 yenes por los impuestos a la utilidad; luego en el mes de febrero tuvistes pérdidas por un total de 500,000 yenes,de ésta cantidad no te será descontado nada y por el contrario te será devuelto figurativamente de lo descontado en el mes de enero, 100,000 yenes en compensación al déficit.

Es decir que en la suma total del año, descontando el déficit; si tienes una rentabilidad total de 5,000,000 de yenes, tu descuento para los impuestos es de 1,000,000 yenes; en ésta modalidad no es necesario, hacer la declaración jurada de utilidades; ya que automáticamente estás haciendo los pagos de la misma en forma anónima.

Según la nueva ley de impuestos, ésto se hace efectivo a partir de 1 de abril del 2008; hasta antes del 1 de abril el impuesto a la utilidad era del 10%.

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La agencia de corretaje se encargará de llevar la estadística de tus operaciones, a las cuales se tiene acceso a través de internet en el momento que desees verificarlos, (tener en cuenta los horarios de acceso a la página personal); te seràn facilitados los datos del total gravable de impuesto y de lo que se te haya descontado de las utilidades obtenidas en las operaciones.

l La otra modalidad es que no te sea descontado absolutamente ninguna cantidad y que por cuenta propia, pagues los impuestos haciendo la declaración jurada, como es sabido en el mes de marzo de cada año.

Porsupuesto que la estadìstica de las operaciones y sus resultados, te seràn facilitados a travès de tu pàgina personal; pudiendo obtener copias de las pàginas a las cuales tienes acceso y con el resultado o balance final, puedes determinar cuàl es el monto que debes de declarar como utilidad; como cualquier ingreso afecto a declaraciòn jurada.
Luego de terminado el año, la mayorìa de las agencias dan el servicio de remisiòn a domicilio, de un documento con la cantidad exacta a declarar, sobre las utilidades obtenidas en las operaciones.

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